La figura de la revocación de mandato ya existe en Campeche. Llegó con un retraso de tres años y tampoco se podrá aplicar los próximos tres, lo que significa que el actual gobierno que encabeza Layda Sansores San Román no podrá ser sometida a ese mecanismo de participación ciudadana que, en teoría, otorga a los campechanos el derecho a ratificar o separar del cargo a un servidor público que llegó mediante la elección popular.
Esa ley “chafa”, fue aprobada ayer en la sesión legislativa del Congreso del Estado entre jaloneos del PRI y Morena. Al final, ganó Morena y perdió el PRI, junto a los campechanos, a quienes se arrebató el derecho de ratificar o revocar al actual gobierno morenista.
El diputado priísta, Ricardo Medina Farfán, afirmó que Morena se pasa las leyes por el arco del triunfo por ser mayoría, porque aprueban lo que ellos quieran sin que nadie les diga nada.
Y Morene le echó montón: Los diputados José Antonio Jiménez Gutiérrez, José Héctor Hernán Malavé Gamboa, Jesús Roberto Reyes Jiménez, Jorge Pérez Falconi y César Andrés González David subieron a tribuna para responderle.
La bancada guinda ‘brincó’ ante los reproches de Medina, quien señaló que el PRI presentó primero la iniciativa pero Morena la frenó para modificarla, a fin de evitar su inmediata aplicación con diversos pretextos.
Luego desfilaron los morenistas con argumentos como “los tiempos”, “la temporalidad”, “los presupuestos”, “los preparativos”, “las prisas”, etc., activando el aplausómetro de la bancada y la porra guinda.
Al final Morena impuso su mayoría y aprobó que “la revocación de mandato será aplicable a partir de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado electa para el periodo 2027- 2033”.
Es decir, Morena libró a Layda Sansores de ser sometida a ese escrutinio ciudadano y sólo comenzará a aplicarse a partir del próximo sexenio.
Además, según el cuerpo legal aprobado, para aplicar la revocación de mandato deberá formularse una solicitud ante el IEEC, acompañada por las firmas de apoyo de un número equivalente, al menos, del 10 por ciento de la lista nominal de electores, en la mitad más uno de los municipios del Estado.
Además, deberá plantearse durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Para tal efecto, los ciudadanos podrán recabar firmas para la solicitud de revocación de mandato durante el mes previo a la fecha establecida. El IEEC emitirá, a partir de esta fecha, los formatos y medios para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas.
El IEEC dentro de los siguientes 30 días hábiles a que se reciba la solicitud, verificará los requisitos establecidos y, en caso de ser procedente, emitirá inmediatamente la convocatoria al proceso para la revocación de mandato; la jornada de votación se realizará el domingo siguiente a los 90 días hábiles posteriores a que se emita la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federal o locales; el IEEC tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación y emitirá los resultados de los procesos de revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Finalmente, en caso de que el mandato del Ejecutivo sea revocado, se estará a lo dispuesto en el artículo 65 de nuestra Carta Magna local.
El dictamen fue sometido a tres votaciones para ser modificado, pero Morena y aliados lo rechazaron con una votación de seis contra 26.
La revocación de mandato fue aprobada tal y como la quería Morena, con la mayoría de los diputados guindas.
Ahora, en términos del artículo 130 de la Carta Magna local, se remitirá a los Ayuntamientos de la entidad para que, en su carácter de integrantes del Poder Revisor de la Constitución Política del Estado de Campeche, sea sometida a votación de los Cabildos respectivos
Redacción.